El IVTM grava la titularidad de los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas, cualesquiera que sean su clase y categoría.
A estos efectos se consideran vehículos aptos para circular los vehículos matriculados en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente, mientras no hayan causado baja en dicho registro.
La tributación de cada vehículo se establece en función de las características del vehículo (tipo, potencia fiscal, carga útil, etc.), en el cuadro de tarifas que el Ayuntamiento de Massanassa tiene aprobado en su Ordenanza Fiscal, que se muestra en la sección "Tarifa".
Si la baja del vehículo se tramita con posterioridad al devengo del impuesto el sujeto pasivo deberá pagar la totalidad de la cuota del recibo, procediendo a solicitar la devolución de los trimestres en los que el vehículo figuraba ya de baja.
El IVTM se gestiona por el Ayuntamiento a partir del censo anual elaborado por la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia, consecuentemente:
La gestión censal (cambio domicilios fiscales, tramitación de altas y bajas de vehículos, etc.) corresponde a la Jefatura Provincial de Tráfico de la provincia de Valencia, con domicilio en C/. Mora de Rubielos nº 2, teléfonos 963417986 / 963172000.
La gestión tributaria (concesión de beneficios fiscales, devolución de recibos, etc.) compete al Ayuntamiento del municipio que conste en el permiso de circulación del vehículo.
BENEFICIOS FISCALES
En este apartado vamos a informar a los contribuyentes de los beneficios fiscales más habituales en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica; por lo tanto dado que la casuística prevista en las disposiciones legales es muy amplia, si desean información sobre la posible existencia de otros supuestos pueden dirigirse al Departamento de Gestión Tributaria del Ayuntamiento, plaza Escoles Velles, 1.
En todos los casos, la solicitud deberá tramitarse mediante la presentación de instancia en el Registro General del Ayuntamiento en la que se indicará el tipo de beneficio que se desea y se adjuntará la documentación que en cada caso se detalla.
Exención vehículos de personas con movilidad reducida
Se concede la exención de pago del IVTM para
En cualquier caso los sujetos pasivos beneficiarios de esta exención no podrán disfrutarla por más de un vehículo simultáneamente.
Documentación necesaria
Efectos: A partir del año siguiente a su solicitud.
Exención IVTM tractores, remolques y semirremolques
Se concede la exención del IVTM para aquellos tractores, remolques y semirremolques que estén provistos de la Cartilla de Inspección Agrícola.
Documentación necesaria
Período de presentación de instancias
Dentro del último trimestre del año, las instancias presentadas con posterioridad causarán efecto para el año siguiente.
Bonificación IVTM vehículos históricos
La bonificación que se concede es la del 100% de la cuota del IVTM para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de 25 años contados a partir de la fecha de su fabricación.
Documentación necesaria
Período de presentación de instancias
Dentro del último trimestre del año, las instancias presentadas con posterioridad causarán efecto para el año siguiente.
Más información en el apartado El Ayuntamiento, Normativa Municipal.