Se puede solicitar tanto terrazas con carácter anual como de temporada.
Puede realizar el trámite de forma presencial en las oficinas del registro del ayuntamiento (con cita previa) o a través de nuestra sede electrónica --> Administración General --> Patrimonio
El horario tanto para terrazas anuales como para las de temporada será de 8:00h a 1:30h.
El titular deberá cumplir las siguientes obligaciones
- Colocar en el exterior de la puerta del establecimiento la autorización otorgada.
- Retirar de la vía pública las mesas, sillas y sombrillas al finalizar diariamente el horario autorizado.
- Mantener en condiciones de salubridad, higiene y ornato tanto las instalaciones como el espacio ocupado.
- Desarrollar la actividad conforme a la normativa de espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas.
- Dejar expedito y en perfecto estado el dominio público ocupado a la finalización del plazo de vigencia de la autorización.
- Facilitar el paso y maniobra a vehículos autorizados o de urgencias.
- Cumplir y hacer cumplir a los empleados que las operaciones de apilamiento o retirada de mesas y sillas se realicen sin producir ruidos molestos.
- No instalar aparatos reproductores de imagen y/o sonido en la vía pública.
- Los propietarios de los establecimientos responderán de cualquier daño que se produzca como consecuencia de no mantener los elementos que ocupen la vía pública en las debidas condiciones.
- En el caso de instalar sombrillas, éstas se sujetarán con una base de peso.
- Queda prohibida toda clase de publicidad.