Tramitación del Expediente Matrimonial en el Registro Civil
Es el procedimiento previo a la celebración del matrimonio, mediante el cual los contrayentes acreditan, en expediente tramitado según legislación del Registro Civil, que reúnen los requisitos de capacidad establecidos en el Código Civil para contraer matrimonio. Se puede realizar en el Registro Civil del municipio donde esté empadronado el novio o la novia.
El Registro Civil de Massanassa se encuentra en
C/Mayor, 15
Tel 96 125 29 83
Horario 9 a 14h de Lunes a Viernes.
Más informaciön sobre la tramitación del expediente:
Celebración del Matrimonio Civil
Es el acto de la boda, por el que dos personas contraen matrimonio civil ante la autoridad competente.
¿Quién oficia la ceremonia?
El Alcalde, Francisco A. Comes Monmeneu, o en su caso, alguno de los concejales que conformen el Ayuntamiento Pleno, que oficiará por delegación de la Alcaldía.
¿Dónde se puede celebrar?
En el momento de rellenar la solicitud de matrimonio facilitada por el Registro Civil, se debe indicar el lugar de celebración de la boda, para que conste en el expediente previo. Si es nuestro municipio la boda se celebrará en el Ayuntamiento de Massanassa en el Salón de Plenos, ubicado en la primera planta de la Casa Consistorial.
Para contraer matrimonio no es necesario abonar tasa alguna.
¿Cuál es el horario?
A cualquier hora, previa disponibilidad de cita con la Alcaldía.
¿Qué se necesita?